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El daño. Análisis comparativo de la responsabilidad extracontractual del Estado en Derecho colombiano y francés
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El daño. Análisis comparativo de la responsabilidad extracontractual del Estado en Derecho colombiano y francés

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Estado: Activo
ISBN-13: 9789587109542
Tipo de edición: Nueva edición
Fecha de publicación: 1998

Prólogo
Agradecimientos
Prefacio

Introducción
Algunas precisiones para el estudio del daño

I. El daño en el primer elemento a estudiar en un proceso de responsabilidad
II. El daño es requisito necesario más no suficiente para que se declare la responsabilidad
III. El daño debe ser probado por quien lo sufre
IV. El daño debe ser indemnizado plenamente
V. La distinción entre las nociones de daño y perjuicio es útil
VI. La indemnización del daño no depende de la acción procesal
A manera de conclusión de la definición del daño

Capítulo primero
Las condiciones de existencia del perjuicio

I. Carácter personal
II. Carácter cierto
Conclusiones sobre el carácter cierto del perjuicio

Capítulo segundo
Tipología del perjuicio

I. Perjuicios materiales
II. Perjuicios inmateriales
Conclusión: ¿Se indemnizan unos mismos daños inmateriales en los dos derechos?

Capítulo tercero
La liquidación del daño en el derecho colombiano

I. Ejemplos de liquidación del lucro cesante en caso de muerte de persona
II. Ejemplos de liquidación de perjuicio en eventos de lesiones corporales
III. Ejemplos de liquidación de perjuicios en caso de bienes

Conclusión general

Bibliografía

Índice temático

Nombre invertido: Henao, Juan Carlos
Biografía:

Juan Carlos Henao(QEPD) fue un abogado externadista, jurista y constitucionalista colombiano, profesor y más tarde rector de la Universidad Externado de Colombia hasta el año 2021, docente de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario y la Universidad de los Andes. Se desempeñó como magistrado de la Corte Constitucional de Colombia y entre 2009-2010 fue nombrado presidente de esta alta corte. También fue asesor del despacho del procurador general de la Nación, procurador primero delegado ante el Consejo de Estado y magistrado auxiliar de la Sección Tercera del Consejo de Estado.